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7/8/08

Proy. Ordenanza "CALLE AYACUCHO" (Agosto de 2008)

VISTO
Las dificultades que presenta la Calle Ayacucho , desde Colón hasta Rivadavia y desde Rivadavia hasta San Martín, por la falta de lugar que tienen los peatones para circular y los vehículos para desplazarse correctamente.

Y CONSIDERANDO

Que, el ancho de las veredas, especialmente en la parte norte de las dos cuadras, no alcanza para el paso de los peatones y no tiene las dimensiones normales de cualquier vereda.
Que, esto se debe fundamentalmente al ancho de la calle Ayacucho, que no admite posibilidades de ampliarse.
Que, esta situación se profundiza por los árboles y los postes que están prácticamente dentro de la misma vereda.
Que, los vehículos tienen problemas de desplazamiento, sobrepaso y estacionamiento en el lugar.
Que, esto se agrava por los vehículos que intentan estacionarse en doble fila, la entrada, salida y el movimiento constante de peatones del Edificio Administrativo, sumada a la actividad comercial y privada de las cuadras, generada también por los edificios de calles anexas.
Que, esta misma actividad comercial, luego de la inauguración de Vía Rivadavia, se encuentra en pleno proceso de expansión y crecimiento.
Que, este buen índice genera mayor movimiento de gente en la zona.
Que, es preciso tomar medidas urgentes para la comodidad de los vecinos.
Que, prohibir el estacionamiento vehicular sería una buena medida.
Que, esta medida deberá ir acompañada de algunas otras que complementen la acción.


POR TODO ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA DE PROHIBICION DE ESTACIONAMIENTO EN LA CALLE AYACUCHO, ENTRE COLON Y SAN MARTIN

Art. 1° El Poder Ejecutivo Municipal deberá prohibir el estacionamiento vehicular a lo largo de dos cuadras sobre calle Ayacucho: entre Colón y Rivadavia y entre Rivadavia y San Martín.

Art. 2° Para lograr el objetivo de fluidificar el tránsito peatonal, se encarará el ensanchamiento de las veredas de la misma calle. En ambas veredas en Ayacucho entre Colón y Rivadavia, y solamente en la vereda norte en Ayacucho entre Rivadavia y San Martín.

Art. 3° Se delimitará en cada cuadra 3 (tres) cajones para ascenso y descenso de pasajeros, uno de ellos específicamente para uso de Transporte escolar, debido a la presencia de un establecimiento educativo sobre la peatonal Vía Rivadavia.

Art. 4° El gasto que genere esta obra de ensanchamiento de vereda se imputará a la partida de Obras públicas existente en el Presupuesto y destinada para tal fín.

Art. 5° De forma

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