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8/10/09

CERTIFICADO PSICOTÉCNICO PARA CONDUCTORES, presentado 06-10-09

VISTO:
El importante crecimiento de los accidentes de tránsito, siendo uno de los principales causales la falla humana, en un alto porcentaje.

Y CONSIDERANDO:

Que, tal como se refleja en el mapa que se adjunta (© Copyright 2004. Lu¬che¬mos por la Vida - Asociación Civil) la cantidad de muertes por acci¬dente de tránsito en el país en el año 2007, se discrimina de la siguiente manera:

TOTAL DE MUERTOS EN EL 2007
(Cifras provisorias al 3/1/2008): 8104*
(Promedio diario: 22 - Promedio mensual: 676)


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* Las cifras del presente son proyección de los datos habidos hasta el presente, aplica¬dos al nuevo lapso, e incluyendo fallecidos en el hecho o como conse¬cuencia de él, hasta dentro de los 30 días posteriores, según el criterio interna¬cional más generalizado. Las cifras utili¬zadas son las últimas disponibles (ofi¬ciales, de origen policial o municipal, la mayoría), ac¬tualizadas. Como la gran mayoría de las cifras originales sólo computan los muertos en el momento del accidente, las mismas también han sido corregidas se¬gún índices internacionalmente aceptados, a fin de permitir una apreciación, estudio y comparación seria de la mortalidad en la accidentología vial argentina.

Que, existe en gran porcentaje de vehículo automotores que prestan servi¬cios de trans¬porte de pasajeros que trasladan – como mínimo- una persona por viaje (en caso de taxis y remisses) y de mayor cantidad, en caso de transporte colectivo, dentro del ámbito de competencia y jurisdicción de este municipio.
Que, obviamente, dichos vehículos son conducidos por seres humanos que –como bien sabemos- somos seres imperfectos y pasibles de cometer errores y ser víctimas de errores, fallas, como así también caer en adicciones o sufrir altera¬ciones en su personalidad que repercutan en su desempeño laboral.

Que, una persona con adicciones depende – en gran parte de su comporta¬miento- de lo que le dicta su adicción, en desmedro de lo que le dictan las normas, no solo legales, sino también morales y del buen trato.

Que, es de público conocimiento que el alcohol es una de las drogas que por su fá¬cil acceso y poderosa propaganda que recibe, se ha convertido en un verda¬dero problema social en casi todos los países y en todas las edades a partir de la adolescencia
La OMS define el alcoholismo (Magnus Huss - 1849)como la ingestión diaria de alcohol superior a 50 gramos en la mujer y 70 gramos en el hombre (una copa de licor o un combinado tiene aproximadamente 40 gra¬mos de alcohol, un cuarto de litro de vino 30 gramos y un cuarto de litro de cerveza 15 gra¬mos.
Que, en el caso de droga que – según Wikipedia:” Una droga, fármaco o medi¬ca¬mento es cualquier sustancia con capacidad de alterar un proceso bioló¬gico o químico en un organismo vivo con un propósito no nutricional. Son ejemplos de sus innumerables usos, el alterar intencionalmente la concien¬cia, caso en el que se denomina mejor como sustancia psicoactiva; comba¬tir una enfermedad, aumentar la resistencia física o modificar la respuesta inmunológica. Popular¬mente, el término droga suele utilizarse preferencial¬mente para referirse a las de uso ilegal y que producen psicoac¬tividad. Para las de uso médico es más común el término fármaco, medicamento, droga medicinal o simplemente remedio.
Que, el concepto farmacológico y médico de la palabra droga: es cualquier sustan¬cia química capaz de modificar el funcionamiento de un ser vivo. Este concepto se refiere a que la modificación puede ser perjudicial o bene¬ficiosa para el ser vivo, y que depende del tiempo de administración y de la dosis y de las caracte¬rísticas del propio ser. Paracelso decía en 1500 que todas las sustancias son venenos. Para él, la diferencia entre un veneno y un medicamento era la dosis, es decir que un medicamento administrado en dosis excesivas y durante un tiempo inadecuado se convierte en un factor perjudicial que puede llevar a la muerte de la persona
Que, por otra parte, cada día se ven más personas con trastornos tales como stress, angustia y de¬presión y de acuerdo a las estadísticas, las profesiones que se ven más afecta¬das por estas dolencias son las enfermeras, vendedores, recepcio¬nistas y, de acuerdo a lo investigado, los chóferes. Que, aquí haremos un análisis del caso, existen quejas de los chóferes respecto de las malas condiciones laborales en las que se presta el servicio de transporte, también las hay de parte de los ciudadanos sobre la "conducción brusca y el trato inapropiado hacia los usuarios por parte de los conductores".

Que, según las estadísticas, las principales carencias del servicio son la falta de se¬guridad, la eventualidad y falta de formación de los chóferes, además de otros factores que no vienen aquí al caso investigar. Y, desde el punto de vista de los conductores, en general, la presión de jornadas con horarios contrarreloj que van ge¬nerando en los chóferes, situaciones "estresantes y de ansiedad continua" a lo largo de su jornada. Debiendo sumarse a ello el estado del tránsito – especial¬mente en horas pico- Traduciéndose en frenadas bruscas y a veces, velocidad inadecuada, que influyen lógicamente en la relación con los pasajeros. Ade¬más, destacan el poco mantenimiento que se les realiza a los colectivos que demandan un mayor esfuerzo en su conducción, redundando en un aumento del stress normal y generador de ansiedad.

Que, se suma a todo ello, las distintas personalidades, culturas, crianzas que con¬llevan a una personalidad más permeable a diversos trastornos que podrían influir negativamente en la atención, en la memoria, en sus reacciones e im¬pulsos (o control de los mismos).

Que, como corolario, es menester la realización de un estudio psicodiagnóstico que acredite la idoneidad y aptitud psicológica de los chóferes de servicio pú¬blico (colectivo, remisses, transportes escolares y taxis) que dependan de esta Intendencia Municipal, requisito que debería ser “condito sine qua non”

POR TODO ELLO
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SAN LUIS, EN USO DE LAS FUN¬CIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:

Art. 1° El Poder Ejecutivo Municipal deberá ordenar como requisito ineludi¬ble para obtener el registro de conductor para vehículos de transporte de pa¬sajeros (colectivos, remisses, taxis, transportes escolares) un certificado psicodiagnóstico expe¬dido por un licenciado, magíster o doctor en psicología, matriculado en el Colegio de Psicólogos de la Provincia de San Luís

Art. 2º El Ejecutivo deberá realizar los trámites y acuerdos necesarios, con el Ministerio de Salud de la Provincia para realizar este Psicotécnico en forma gratuita, con el Colegio de Psicólogos antes mencionado ó contratando algún profesional que reúna los requisitos del Art. 3º y que se desempeñe para estos fines en la Dirección de Transporte a fín de que el valor del certificado no incida y no se refleje en el costo del registro.

Art. 3º Se deberá solicitar al Colegio de Psicólogos de San Luís, la nómina – que se actualizará semestralmente- de profesionales habilitados para certificar en los términos del Art., 13 de la Ley Provincial Nº 5700.

Art. 4º A través del área difusión se realizará una amplia campaña infor¬ma¬tiva expli¬cando los motivos de la Ordenanza, alcances y multas, todo ello per¬siguiendo el único fin de educar al conductor y/o a los titulares de las empre¬sas prestadoras, propietario de los automotores, empresas de remisses o licen¬ciatarios de transportes escolares y dejando bien en claro el objetivo que se persigue en la presente Ordenanza..

Art. 5° Cúmplase y dése amplia difusión.

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